EL VELO
De nuevo la polémica por el velo. Una vez más en España el debate surge rodeado de confusión para enfrentarse a un complejo problema que nace al socaire del desarrollo de una nueva sociedad multiétnica y plurirreligiosa.
Una adolescente musulmana, Najwa, de 16 años y de origen marroquí es la causante de una auténtica revolución informativa que ha inundado todos nuestros medios de comunicación, por no haber aceptado las normas de un centro de enseñanza y haber solicitado traslado a otro que le permitiera usar el hyab o velo islámico.
El Consejo escolar del centro que la rechazó fundamentó su decisión en la prohibición para los alumnos/as del uso de gorras, velos o cualquier cosa que cubriera la cabeza. Es evidente que si ese velo fuera equiparable a una gorra, un casco, una boina o un turbante la decisión del Consejo no hubiera pasado de la mera anécdota.
Pero la realidad es que estamos ante un importante colectivo o comunidad musulmana que tiene su simbología religiosa, sus creencias y su peculiar visión del mundo y de la sociedad en la que se desenvuelve.
Para no simplificar la cuestión, lo que habría que clarificar es si el uso del velo responde a la expresión de un sentimiento religioso, a una identidad cultural o a una exigencia familiar celosa de sus usos y costumbres. Hay que reconocer que los/las defensores/as del uso del velo no se han pronunciado con la suficiente claridad.
El problema surge cuando en la misma sociedad musulmana y en sus países más representativos, las corrientes aperturistas se oponen al uso de la hiyab o velo islámico así como al nikab, vestido negro con un velo que oculta la cara y deja ver los ojos o el denigrante burka que fue calificado por un diputado comunista francés llamado, André Guerin, como “la vestimenta que encierra literalmente el cuerpo y la mente de la mujer, convirtiéndose en un verdadero calabozo ambulante”.
No deja de ser sintomático también que Turquía, país islámico con vocación europeísta, prohibiese llevar un simple velo en la Universidad y en la Administración. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló a su favor en una reclamación que en 1998 presentó Leyla Sahin por haber sido expulsada de la Universidad de Estambul por negarse a quitarse el velo y no ha sido el único caso en que el mismo Tribunal se ha pronunciado a favor de la prohibición.
Se trata, pues, de una simbología que parece ir más allá de lo estrictamente religioso. En nuestra sociedad europea y occidental está nítidamente delimitada la frontera que separa religión y Estado, aunque, como ocurre en el caso de España, el laicismo fundamentalista de la izquierda progresista pretenda encaminar al Estado hacia un “reduccionismo” de la práctica religiosa – en especial del catolicismo- a la esfera casi doméstica.
El temor o la incomprensión de nuestra sociedad hacia el Islam se deriva no solo de la inadaptación de buena parte de sus seguidores hacia determinadas normas y obligaciones de un Estado aconfesional o laico sino de la exigencia de que el Estado de acogida acepte las suyas propias que, como en el caso de la mujer, representan un claro desequilibrio y un trato discriminatorio con respecto al hombre como consecuencia de la interpretación rigorista que hacen de su ley coránica.
Es comprensible por otra parte, que la mayoría de los ciudadanos europeos no terminen de comprender que la numerosa comunidad musulmana que reside en los distintos Estados miembros de la Unión Europea exija un trato equiparable a los ciudadanos que profesan otras religiones como la católica, protestante o judía mientras que estas religiones en muchos de sus países de origen no solo no son equiparables a la islámica sino que en no pocas ocasiones son perseguidas y prohibidas
No olvidemos tampoco, que el fundamentalismo islámico, rechazado también por millones de musulmanes, encuentra terreno abonado no solo en la pobreza y en la exclusión social sino en la degradación de costumbres y en el debilitamiento de los valores que en estos últimos lustros han sido referentes de la sociedad occidental.
Las comunidades procedentes de la inmigración musulmana que desde hace décadas se vienen implantando en Europa, con una relevante presencia en países de la Unión Europea como Francia, Alemania, Bélgica o España, tienen derecho a que se respeten sus usos y costumbres y la práctica de su religión pero la contrapartida es que deben aceptar, asimilar y cumplir todas las leyes y normas civiles que representan un secular avance en el reconocimiento de los derechos fundamentales de la persona, entre los que naturalmente se encuentra la no discriminación y el respeto a los derechos y a la dignidad de la mujer.
La nueva sociedad europea que se está conformando con la implantación e integración de personas procedentes de otros continentes, etnias y religiones debe ir poco a poco asimilando la adaptación de millones de ciudadanos de otras latitudes que han descubierto unos niveles de bienestar y protección inigualables en sus territorios de origen. Es la contrapartida que se debe asumir al trabajo que realizan y a su contribución al desarrollo de los Estados de recepción.
Jorge Hernández Mollar
Ex Diputado europeo PP